plan de igualdad obligatorio

¿Qué es un plan de igualdad?

Un plan de igualdad obligatorio es un conjunto ordenado de medidas que se adoptan en una empresa para garantizar que todos los trabajadores y trabajadoras participen en igualdad de condiciones en la formación, promoción y otras prácticas de la empresa.

Estas medidas se adoptan tras realizar el conocido como diagnóstico de situación, donde se define la situación actual de la empresa en cuanto a igualdad para más tarde pasar a definir las medidas a aplicar. 

Estas medidas buscan alcanzar una igualdad real de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, a la par que eliminan desequilibrios y desigualdades. Del mismo modo, pretenden integrar la perspectiva de género en la cultura de la compañía, así como garantizar la igualdad retributiva. 

En ASempere somos expertos en el desarrollo de planes de igualdad en las empresas. Contamos con una amplia y reconocida trayectoria, por lo que si necesitas más información sobre este tema no dudes en contactarnos.

¿Es obligatorio desarrollarlo?

Debes saber que todas las empresas pueden elaborar un plan de igualdad con el objetivo de ordenar esas medidas dirigidas a conseguir la igualdad de trato y oportunidades entre los trabajadores.

Ahora bien, también es importante que sepas que hay algunas empresas que sí deben por Ley elaborar e implementar planes de igualdad en sus organizaciones.

Normativa que regula el plan de igualdad en las empresas

En primer lugar, y en cuanto a la obligatoriedad del plan de igualdad en las empresas, el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, redujo de 250 a 50 el número de empleados en plantilla para que fuese obligatorio el desarrollo y/o elaboración del plan de igualdad. 

También, debes saber que esta normativa no se aplicó de golpe y que quizás aún estés a tiempo de desarrollar tu plan de igualdad: 

  • Desde el pasado 7 de marzo de 2020, lo deben tener obligatoriamente desarrollado e implantado todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2021, lo tuvieron que implantar todas las empresas con más de 100 personas en plantilla.
  • A partir del 7 de marzo de 2022, serán las empresas con un número de empleados en plantilla de 50 a 100 los que deberán tenerlo implantado. 

Las empresas cuentan con un plazo de 3 meses desde que se alcanza el número de trabajadores en plantilla que lo hagan obligatorio para iniciar el procedimiento de negociación de su plan de igualdad. El recuento se realiza en el mes de junio y diciembre. ¿Tienes claro cómo contabilizar tu plantilla?. Consúltanos.

Puede que ahora te estés preguntando, ¿y qué pasa con aquellas empresas con menos de 50 personas en la plantilla? Pues bien, estas no tendrán que desarrollar un plan de igualdad obligatorio, pero sí que pueden hacerlo por voluntad propia, siempre previa consulta o negociación con la representación legal de las personas trabajadoras.

¿Quién negocia el plan de igualdad en las empresas?

Como ya hemos visto, el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, implantó la obligatoriedad del plan de igualdad para aquellas empresas con más de 50 trabajadores en plantilla. Ahora bien, si tu empresa debe desarrollar uno, ¿quién es el encargado de negociarlo?

El Real Decreto-Ley 901/2020, de 13 de octubre, que entró en vigor el 14 de enero de 2021, establece que los planes de igualdad obligatorios por el número de personas en plantilla deben ser negociados con la representación legal de las personas trabajadoras.

Del mismo modo, es obligatorio desarrollar y aplicar planes de igualdad cuando: 

  • Sea establecido por el convenio colectivo de aplicación, independientemente del número de personas en plantilla, en los términos previstos en el convenio colectivo.
  • Sea acordado por la autoridad laboral en un procedimiento sancionador, en sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación del plan de igualdad. 

Por otro lado, si una empresa no cuenta con representación legal de trabajadoras y trabajadores es la dirección de la empresa la que debe informar a la plantilla de su voluntad de elaborar un plan de igualdad y facilitar la participación. 

Es un hecho que la negociación y el consenso del plan será mucho más fácil si se aporta toda la información sobre el proceso a la plantilla y se implica a los trabajadores en la negociación y el desarrollo del mismo. 

Plan de igualdad obligatorio: ¿por dónde empiezo?

Si has llegado hasta aquí y necesitas desarrollar un plan de igualdad obligatorio en tu empresa en ASempere podemos ayudarte. 

Somos expertos en el desarrollo e implementación de planes de igualdad en las empresas, por lo que si necesitas un equipo de expertos que estudie tu situación y te acompañe desde el principio del proceso no dudes en contactar con nosotros. ¡Queremos conocerte!

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