A día de hoy, las empresas con más de 50 personas en la plantilla deben contar con un plan de igualdad. Ahora bien, ¿qué son los planes de igualdad?, ¿en qué consisten? o lo que es más importante ¿qué empresas están obligadas a tener uno y desde cuándo?
A lo largo de este artículo podrás descubrir qué son los planes de igualdad, para qué sirven exactamente y desde cuándo y por qué ciertas empresas estarán obligadas a implantarlos.
¿Qué son los planes de igualdad?
Los planes de igualdad en las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación. Pretenden alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, así como eliminar la discriminación por razón de sexo.
Buscan eliminar cualquier tipo de desigualdad o discriminación que pueda darse en una organización por razón de sexo, así como integrar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres como un beneficio básico de la organización y como eje de los procedimientos de gestión.
Otro de los objetivos de los planes de igualdad es integrar la perspectiva de género en la cultura de la compañía y especialmente en la gestión de recursos humanos, así como garantizar la igualdad retributiva para trabajos de igual valor y facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las personas que integran la plantilla, desarrollando las políticas de corresponsabilidad.
En definitiva, los planes de igualdad deben propiciar la eliminación de los desequilibrios y las desigualdades entre hombres y mujeres dentro de las empresas.
En ASempre somos expertos en el desarrollo de planes de igualdad en empresas, por lo que si necesitas desarrollar uno o simplemente quieres consultar más información no dudes en contactar con nosotros sin ningún tipo de compromiso.
Contenido de los planes de igualdad
Entre otras cosas, los planes de igualdad deberán fijar los objetivos de igualdad a alcanzar, así como las prácticas y estrategias que se van a llevar a cabo para su consecución. También, deberán incluir el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.
En cuanto al contenido como tal, y de manera muy general, se puede diferenciar entre:
- Contenido legal: es el que la propia ley nos obliga a llevar a cabo.
- Contenido inclusivo: es el que con la experiencia miles de organizaciones están llevando a cabo cumpliendo con la Ley Orgánica de Igualdad y el Real Decreto.
¿Qué legislación laboral regula los planes de igualdad en las empresas?
En cuanto a la legislación de los planes de igualdad en las empresas destacamos:
- Constitución Española art 14. Derecho a la igualdad y no discriminación por razón de sexo.
- LO 3/2007de 22 de marzo. Para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, busca combatir todas las discriminaciones directas o indirectas por razón de sexo.
- RDL 6/2019 de 1 de marzo. Medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la educación.
- RD 901/2020 de 13 de Octubre. Regula los planes de igualdad y su registro.
- RD 902/2020 de 13 de Octubre. Sobre igualdad retributiva entre mujeres y hombres.
La Ley Orgánica 3/2001, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en su artículo 46.1, define el plan de igualdad como “un conjunto ordenado de medidas, adoptadas depués de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la (Corporación/Empresa) la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y eliminar la discriminación por razón de sexo”.
Esta Ley Orgánica junto con el Real Decreto Legislativo son las encargadas de la regulación de los planes de igualdad en las empresas.
Ventajas de tener planes de igualdad en las empresas
La elaboración y posterior puesta en marcha de los planes de igualdad en las empresas no solo se debe realizar por cumplimiento de una normativa obligatorio, sino que su implantación trae consigo numerosas ventajas, entre las que destacan:
- Mejora la productividad.
- Reduce el absentismo laboral.
- Mejora el clima laboral.
- Reduce la conflictividad laboral.
- Favorece la flexibilidad de la empresa.
- Racionalización de los horarios y uso del tiempo más racional.
- Mejora el compromiso de los trabajadores
- Retiene y aprovecha el talento, preparándolo para el futuro.
- Mejora de la reputación e imagen de la empresa.
- Gestión de los recursos humanos más moderna.
- Desarrollo de la creatividad y la innovación.
- Mejor adaptación al mercado de la oferta de productos y servicios.
Como se puede observar, son muchas las ventajas que ofrecen a las empresas los planes de igualdad, así como los motivos por los que este tipo de planes se deberían aplicar a todas y cada una de ellas.
Lo bueno de todas estas ventajas es que además se pueden aplicar a cualquiera de los ámbitos en los que se puede desarrollar un plan de igualdad: empresas, entidades locales y/o Ayuntamientos, ámbito educativo, etc.
¿Qué empresas están obligadas a implantarlos?
El Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, redujo de 250 a 50 el número necesario de personas en plantilla para que fuera obligatoria la aplicación y elaboración de planes de igualdad en las empresas.
Esta novedad no se aplicó de golpe, sino que se ha ido integrando de forma progresiva:
- Desde el pasado 7 de marzo de 2020, lo deben tener obligatoriamente desarrollado e implantado todas las empresas con más de 150 personas en plantilla.
- A partir del 7 de marzo de 2021, lo tuvieron que implantar todas las empresas con más de 100 personas en plantilla.
- A partir del 7 de marzo de 2022, serán las empresas con un número de empleados en plantilla de 50 a 100 los que deberán tenerlo implantado.
Sorprendentemente, desde que se implantó este Real Decreto, son muchas las empresas que desconocían de su existencia, y que a pocos días de entrar en vigor tuvieron que empezar a investigar sobre ello.
Por otro lado, el reglamento aprobado a través del Real Decreto-Ley 901/2020, de 13 de octubre, que entró en vigor el 14 de enero de 2021, establece que los planes de igualdad obligatorios por el número de personas en plantilla deben ser negociados con la representación legal de las personas trabajadoras.
Además, sigue siendo obligatorio elaborar y aplicar planes de igualdad cuando:
- Lo establezca el convenio colectivo de aplicación, independientemente del número de personas en plantilla, en los términos previstos en el convenio colectivo.
- Lo acuerde la autoridad laboral en un procedimiento sancionador, en sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan. Será previa negociación o consulta, en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras, en los términos que fije el indicado acuerdo.
Si una empresa no está obligada a tener un plan de igualdad, ¿puede tenerlo?
En el apartado anterior se ha hablado sobre la obligatoriedad de ciertas empresas para implantar planes de igualdad. Sin embargo, ¿qué ocurre con las empresas que no cumplen dichos requisitos pero que sí están interesadas en desarrollar planes de igualdad?
La respuesta a esta pregunta es que sí. Las empresas que no están obligadas a tener planes de igualdad pueden elaborarlos e implantarlos de forma voluntaria, siempre previa consulta o negociación con la representación legal de las personas trabajadoras.
Si no existiese una representación legal de las personas trabajadoras, la empresa podría hacerlo de forma unilateral. ¿Cómo? Creando una comisión compuesta por personas de la plantilla y de la empresa que estén formadas en materia de igualdad a ser posible.
ASempere: expertos en planes de igualdad
A lo largo de este artículo hemos podido tratar tanto el significado como la importancia de la implantación de planes de igualdad en las empresas. Además, es importante conocer la legislación existente respecto a este tema, así como la obligatoriedad de ciertas entidades para la aplicación de estos planes.
En ASempere tenemos gran experiencia en el desarrollo e implantación de planes de igualdad en las empresas, por lo que si necesitas una figura que te asesore y que te ayude en todo este proceso, no dudes en contactar con nosotros sin compromiso.